El Decreto 4762/82, sus anexos y modificatorios, conforman el marco legal del RÉGIMEN DE SUPLENCIAS, en la Provincia de Santa Fe. Esta normativa es de aplicación en las Escuelas Oficiales de Gestión Pública.
¿En qué casos pueden realizar una Inscripción Complementaria?
1. Por Obtención de Títulos: cuando acrediten haber obtenido el título con posterioridad a la fecha de inscripción prevista. (Artículo Nº 7 – Decreto Nº 4762/82).
2. Por Mudanza: cuando acrediten haberse radicado en la zona con posterioridad a la fecha de inscripción prevista. (Artículo Nº 7 – Decreto Nº 4762/82).
3. Cuando se publiquen convocatorias por Escalafones Agotados o Desiertos. (Artículo Nº 5 – Decreto Nº 4762/82).
4. Cuando se publiquen convocatorias por Creaciones de Cargos. (Artículo Nº 5 – Decreto Nº 4762/82).
Pasos a seguir:
Ingresar a el Portal de Santa Fe, (santafe.gov.ar), luego Sub-portal EDUCACIÓN
En el menú de la izquierda clic en "Concursos"
- Seleccionar " Docentes"
- Allí se despliegan tres opciones, una de las cuales es "Inscripciones Complementarias a Suplencias"
- Luego de esto, en el menú central, clic en el nivel deseado.
Escalafones de Interinatos y Suplencias Inicial, Primario y Modalidad Especial
Clik en Interinatos y suplencias, inicial Primaria y especial –al pie de la ventana podemos encontrar toda la información al respecto
Documentos Relacionados
· Disposición N° 4 - 2010. Reglamento
· Instructivo Inscripción complementaria docente - Aspirantes
· Instructivo Inscripción complementaria docentes - Escuelas
· Solicitud de Inscripción - Declaración Jurada 2012
· Art. 7º del Cap. III – 4762/82:
Para aquellos docentes que acreditan haber obtenido el título, con
posterioridad a la fecha de inscripción prevista por el ministerio de
educación:
1. El Instituto de Educación Superior del que Ud. Egresó le entrega una constancia de finalización de estudios, hasta tanto llegue su título original. Esa constancia debe ser registrada en la dependencia correspondiente a Registro de Títulos del Ministerio de Educación. Echeverría 150 Junín al 500 Ciudad de Rosario (sin ese registro no se puede inscribir para suplencias)
· El aspirante lee detenidamente la disposición y las instrucciones, luego completa el modelo de solicitud de Inscripción existente en la WEB, Los aspirantes podrán inscribirse HASTA EN 6 (SEIS) ESCUELAS POR NIVEL ( Los niveles son: Inicial – Especial – Primario – Secundario – Superior) esto es de acuerdo con la competencia de cada Título.
2. Se envía por mail a la junta correspondiente, según la dirección existente en la página del ministerio.
3. Imprime la misma declaración Jurada que envió por mail y la firma.
4. Esa declaración Jurada firmada, junto a una copia legalizada de su documento de identidad, 1ª , 2ª hoja y cambio de domicilio si los hubiere, y copia legalizada de su título o constancia de culminación donde conste su Nº de REGISTRO, deben ser enviados a la Junta de Escalafonamiento correspondiente, dentro de los 5 días de enviado el Mail.
5. Recibida la documentación, la Junta evalúa e incorpora al final del escalafón correspondiente, al nuevo aspirante. Este escalafón es el que se exhibe en Web y cuya ubicación es de acceso público.