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Secretaría de Asuntos Sociales


  • Relevamiento sobre la situación escuelas de Rosario


    INFORME
    Octubre de 2005


    Equipo de Investigación sobre Condiciones de Trabajo

    Secretaría de Asuntos Sociales

    INTRODUCCIÓN

    "La escuela misma debe ser un lugar agradable, brindando encanto a los ojos por dentro y por fuera. Por dentro será una sala llena de luz, limpia y adornada de pinturas por todas partes. (…) Al exterior debe tener la escuela, no sólo una gran plaza donde expansionarse y jugar, sino también un jardín en el que vez en cuando dejen saciarse a sus ojos con la vista de los árboles, flores e hierbas. Si de esta manera se dispone, es muy posible que vayan a la escuela con no menor contento que con el que suelen ir a las ferias, donde siempre esperan ver y oír algo nuevo".
    (Comenio - Didáctica Magna - 1632)



    Los datos obtenidos a través de la "Guía de Observación para el Relevamiento de la situación de las Escuelas" nos han permitido tener un acercamiento más detallado de la realidad escolar en el Departamento Rosario.
    Esta es la primera etapa de un proceso de investigación, iniciado en el mes de Noviembre de 2004, donde nos interrogamos acerca de qué efectos concretos produce esta sistemática política educativa de ajuste y la relación que se establece entre el estado de deterioro de las escuelas públicas, las condiciones de trabajo docente y el aprendizaje de los alumnos. En este marco también indagamos las normativas vigentes en materia de higiene, salubridad y seguridad en las escuelas.
    Luego de la tragedia de "Cromanón", el Ministerio de Educación lanzó un "Plan de evacuación de las escuelas"; sin tener en cuenta lo más importante: que estén en condiciones para poder permanecer y circular por ellas y no únicamente buscar la manera de evacuarlas.
    Por el mes de Febrero del 2005, elaboramos un primer documento donde se establecían algunos requisitos mínimos que se deben cumplir en los establecimientos escolares de todo el país; advirtiendo, reclamando y denunciando la falta de cumplimiento por parte del Gobierno Provincial de las leyes No 24.557 de Riesgos del Trabajo, la No 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y la No 10.468 de Secretaría de Estado de Trabajo de la Provincia de Santa Fe. (1: ver anexo "Legislación")"
    Durante el mes de Abril, iniciamos una campana hacia la comunidad, a través de afiches y de distintos medios de comunicación, en todas las localidades del departamento, sobre la realidad de nuestras escuelas y la falta de cumplimiento de las leyes por parte del Gobierno de Santa Fe.
    En los meses de Mayo y Junio, se han realizado en todos los establecimientos educativos del departamento jornadas gremiales, donde se generó un debate acerca de "nuestras condiciones de trabajo". Era nuestro objetivo, a partir de la reflexión colectiva, desnaturalizar lo "obvio", es decir, aquello que por verlo todos los días nos parece natural e inmodificable. A partir de aquí construir "otra mirada" hacia las escuelas, que son nuestros lugares de trabajo y el lugar de aprendizaje de nuestros alumnos.
    De esta manera se instaló un debate con el conjunto de la sociedad, que contribuyó a generar "conciencia colectiva" acerca del derecho a una educación pública digna para todos los ninos. Este reclamo, que involucra mejores condiciones de trabajo y de aprendizaje, es parte de una lucha de índole económica, política y social, que no debe ser exclusiva de algún sector en particular, sino de la ciudadanía en su conjunto.
    Hasta el momento, las únicas respuestas ministeriales fueron dadas hacia aquellas escuelas donde padres, alumnos y maestros organizaron este reclamo y se movilizaron. El resto, aún espera
    Este trabajo de investigación fue posible gracias al compromiso y participación activa de delegados y companeros de base en cada una de las escuelas.

    Consta de tres partes fundamentales que hacen a la labor pedagógica, en relación a:
    O Cargos
    O Edificios
    O Entorno

    Queremos compartir algunos de los datos más significativos obtenidos en las encuestas que hablan por sí mismos.


    Datos relevados en la Guía de Observación

    Sobre una muestra representativa de 113 escuelas del Departamento Rosario, en las que concurren 51.230 alumnos de las distintas zonas, niveles y modalidades, estos son los resultados:

    CARGOS

    --El 71 % de los cargos directivos no son titulares.
    -- Sobre un total de 2327 cargos docentes, el 27 % no son titulares. (En este rubro están incluidos los cargos de --maestro de grado y especialidades).
    --Sobre un total de 5750 horas cátedras, el 64 % no son horas titulares.

    -- El 62 % de las escuelas encuestadas respondió que les faltan cargos docentes.
    -- El 61 % de las escuelas encuestadas respondió que les faltan cargos no docentes.
    -- El 37 % de las escuelas encuestadas manifestó que le faltan cargos directivos, a razón de un promedio de un directivo por escuela.

    -- En el 68 % de las escuelas prestan servicios planes sociales, desempenando tareas de portería, administración, ayudante de comedor, bibliotecarios, preceptores.


    De acuerdo a los datos obtenidos podemos afirmar que la política de ajuste en la provincia se refleja, también, en:
    -- Falta de concursos de ascenso y de ingreso a la docencia.
    -- Falta de creación de cargos genuinos.
    La ausencia de concursos genera, como lo venimos planteando, situaciones de inestabilidad y precarización de la tarea docente.
    Por otra parte, es importante senalar cómo se ha sustituido la creación de cargos no docentes con la inserción en las escuelas de trabajadores desocupados, poseedores de planes sociales. La precariedad laboral llega al extremo, ya que por $150 realizan tareas de portería, ayudante de cocina, mantenimiento, etc., quedando excluidos de los más esenciales derechos laborales: salario, obra social, aportes provisionales, seguridad social.
    Esta situación se agrava, ya que en algunos casos se sustituyen cargos pedagógicos, como bibliotecarios y preceptores, desconociéndose de este modo, la necesidad de una formación especializada para dichas funciones.



    EDIFICIOS ESCOLARES

    Estado general:
    De Regular a Deficiente
    · Sanitarios-------------------------------- -70 %
    · Instalaciones eléctricas--------------- 57 %
    · Instalaciones de gas ------------------41 %
    · Paredes----------------------------------- 53 %
    · Techos -------------------------------------69 %
    · Pisos--------------------------------------- 32 %
    · Puertas------------------------------------- 65 %
    · Ventanas----------------------------------- 52 %
    · Patios-------------------------------------- -53 %
    · Mobiliario----------------------------------- 63 %
    · Pintura exterior--------------------------- 66%
    · Pintura interior---------------------------- 72 %.

    Presentan problemas de:
    · Humedad---------------------------------80%
    · Filtraciones y rajaduras---------------77%
    · Goteras----------------------------------- 68 %
    · Hundimiento de techos---------------24%
    · Derrumbes-------------------------------14%
    · Paredes que se electrifican---------13%
    En el 83% de las escuelas no hubo o ha sido insuficiente el mantenimiento en los últimos 5 anos. Sólo en el 7% de estas, el mismo estuvo a cargo del Ministerio de Educación; en los otros casos, fue realizado por Cooperadoras, FAE o municipios y comunas.
    ENTORNO

    Se encuentran en cercanías a:
    * Generadores………………………....43%
    *Fábricas……………………………….49%
    * Antena de telefonía móvil…….....…43 %
    * Aguas contaminadas………………23%
    *Basurales………………………………47%
    En relación al entorno, podemos decir que no funciona ninguno de los organismos oficiales de contralor en materia de urbanismo y medio ambiente, que regulen, prevean y determinen la coexistencia de las escuelas con factores de riesgo de contaminación ambiental; poniéndose en peligro la salud de alumnos, docentes y la comunidad toda.
    CONCLUSIÓN

    La política de destrucción del sistema educativo público afianzada con la aplicación de la Ley Federal de Educación, se advierte claramente hoy, caminando los establecimientos educativos de nuestra provincia.
    En nuestro trabajo de investigación abordamos tres ejes que vertebran la tarea docente y donde, a nuestro entender, se materializa la política educativa y el modelo pedagógico.
    Las distintas corrientes pedagógicas pensaron determinados espacios escolares, porque entendieron que es en ese escenario donde se configura el vínculo docente, alumno, conocimiento. Es desde aquí que pensamos que estos espacios arrasados son parte de un modelo que constituye sujetos pedagógicos al servicio de la exclusión.
    Desde una supuesta neutralidad tecnicista distintos funcionarios hablan de 180 días de clase, de calidad educativa, de recuperación de contenidos, sin garantizar las condiciones mínimas para ensenar y aprender. Sin embargo, si se entiende a la educación desde una cuestión de cantidad, de acumulación de días en el calendario escolar, los problemas edilicios han sido la mayor causa de suspensión de días de clases en distintas escuelas. Pero si se piensa a la educación como un proceso cualitativo, afirmamos que lo edilicio no es el telón de fondo donde se desarrolla el acto pedagógico, sino que condiciona y estructura los aprendizajes de los chicos. Sumado a la falta de cargos, la inestabilidad laboral, la precarización de nuestras condiciones de trabajo son parte de una política que configura los sujetos de la exclusión.
    En este sentido, la desresponsabilización del Estado provincial, que durante todos estos anos dejó en manos de las comunidades educativas aquellas obligaciones que a éste le corresponden, genera diferentes clases de escuelas, de acuerdo al sector social de quienes a ellas concurren. Esta política fragmenta el sistema educativo y aumenta la brecha de desigualdad social. Sofía Thisted y Patricia Redondo (4) plantean que "a pesar de la homogeneidad supuesta los ninos en condiciones críticas de reproducción acceden a instituciones escolares que ofrecen un servicio degradado. Las diferencias se constatan en primer lugar en los recursos de infraestructura y financieros, que históricamente han dependido de la capacidad contributiva de los padres organizados en cooperadoras escolares y en menor medida, del estado, que debía proveer lo mínimo para el funcionamiento de la escuela" Entonces, la desigualdad económica y social se reproduce en nuestras escuelas e impacta en las posibilidades de acceso y apropiación del conocimiento. No se garantiza la igualdad educativa, ya que se promueve una educación clasista que condena y excluye a las mayorías populares.
    No se trata, entonces, de una ausencia u olvido, muy por el contrario, es la presencia de una fuerte política de ajuste y achique que no respeta los más elementales derechos ciudadanos.




    Porque no resignamos los derechos de nuestros chicos.
    Porque no resignamos nuestros derechos como trabajadores.


    Por una Educación Pública para todos gratuita, democrática, laica e igualitaria.
    Para que todos los mundos quepan en el mundo.








    Equipo de Investigación sobre Condiciones de Trabajo:
    Bonfiglio, Paula
    Cardozo, Griselda
    Costa, Graciela
    Couselo, Daniel
    Dirié, Griselda
    Jouve, Ma. Beatriz
    Nardini, Paula
    Narvaiz, Laura
    Parola, Marcela

    Secretaría de Asuntos Sociales:
    Couselo, Daniel


    AMSAFE ROSARIO


    ANEXO
    Legislación vigente en materia de Higiene, Salubridad, Seguridad y Riesgos en el Trabajo

    Ley No 24.557 de Riesgos del Trabajo
    Sancionada y promulgada en el ano 1995.
    -- El empleador está obligado a adoptar medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo. (Cap. II, art. 4o, inc.1)
    -- El empleador incorporará un Plan de Mejoramiento de las condiciones de higiene y seguridad, que indicará las medidas y modificaciones que deben adoptar en cada uno de sus establecimientos para adecuarlos a la normativa vigente, fijándose en 24 meses el plazo máximo para su ejecución. (Cap. II, art.4o, inc. 2)

    Ley No 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo
    Sancionada y promulgada en el ano 1972.
    -- Se consideran como básicos los siguientes principios y métodos de ejecución:
    (Art. 5).
    a) Creación de servicios de higiene y seguridad en el trabajo, y de medicina del trabajo de carácter preventivo y asistencial.
    b) Investigación de los factores determinantes de los accidentes y enfermedades del trabajo.
    c) Determinación de las condiciones mínimas de higiene y seguridad para autorizar el funcionamiento de los establecimientos.
    -- Las reglamentaciones de las condiciones de seguridad en el trabajo deberán considerar primordialmente: (Art. 6)
    a) Características de diseno de los establecimientos.
    b) Factores físicos: cubaje, ventilación, temperatura, carga térmica, presión, humedad, iluminación, ruidos, vibraciones y radiaciones ionizantes.
    c) Contaminación ambiental: agentes físicos y/o químicos y biológicos.
    -- Son también obligaciones del empleador: (Art. 9):
    a) Mantener en buen estado de conservación, uso y funcionamiento las instalaciones eléctricas, sanitarias y servicios de agua potable.
    b) Evitar la acumulación de desecho y residuos que constituyan un riesgo para la salud, efectuando la limpieza y desinfecciones periódicas pertinentes.
    -- Las infracciones a las disposiciones de la presente ley y sus reglamentaciones serán sancionadas por la autoridad nacional o provincial que corresponda
    (Art. 12).


    Ley Provincial No 10.468 de Secretaría de Estado de Trabajo de la Provincia de Santa Fe
    Sancionada y promulgada en el ano 1989.
    Título I: "Misión y función" de la Secretaría de Estado de Trabajo:
    -- Organizar y dirigir la inspección y vigilancia del trabajo en todas sus formas y fiscalizar el cumplimiento de la legislación laboral vigente y las que se dicten sobre la materia.
    -- Fiscalizar el cumplimiento de la legislación vinculada con la higiene, salubridad y seguridad en los lugares de trabajo dictando las medidas que aseguren los derechos, la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores.
    -- Intervenir en las reclamaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
    -- Aplicar sanciones por inobservancia de las disposiciones que regulan el trabajo en todas sus formas y por incumplimiento de las resoluciones que se dicten.

    Título III: "Inspección y vigilancia":
    -- La Secretaría de Estado de Trabajo realizará en todo el territorio de la provincia, la inspección y vigilancia en los lugares donde se preste trabajo en relación de dependencia, cualquiera sea su modalidad. Tal función será ejercida en forma preventiva o informativa, como de vigilancia y fiscalización, a fin de verificar el cumplimiento de las leyes, decretos,… (Art. 29)
    -- Los inspectores y funcionarios tendrán las facultades necesarias para:
    a) Visitar periódicamente los establecimientos, a efectos de constatar el cumplimiento de las normas laborales….
    d) Intimar el cumplimiento de las disposiciones laborales y la adopción de cualquier medida de protección a la salud, higiene y seguridad de los trabajadores. (Art. 31)

    Título IV: "Higiene y seguridad en el trabajo":
    -- La Secretaría de Estado de Trabajo verificará a través de su servicio de inspección laboral el cumplimiento de las normas vigentes en materia de higiene, salubridad y seguridad de los trabajadores en los lugares de trabajo. (Art.36)
    -- Será competente para declarar insalubres el o los lugares de trabajo que no se ajusten a las normas básicas sobre seguridad, salubridad e higiene,…Además estará facultada para exigir la adopción de las medidas necesarias para transformar en salubre los lugares y condiciones de trabajo. (Art.37)
    -- Será la autoridad administrativa de aplicación de las normas referidas a accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y demás riesgos laborales, contenidas en leyes nacionales y provinciales. (Art.38)
    -- Para cumplimentar lo anterior, tendrá las siguientes facultades (Art.39):
    a) Inspeccionar las condiciones de higiene y salubridad de los establecimientos sometidos a su jurisdicción y competencia, certificando el estado de los mismos;
    b) Inspeccionar el estado de salud de los trabajadores en sus respectivas tareas profesionales;
    c) Asesorar a los gremios sobre disposiciones legales vigentes en materia de medicina del trabajo.

    Título V: "Régimen de sanciones":
    Que por infracciones a las normas vigentes en materia laboral aplicará sanciones previstas en la ley. (Art.40)

    Equipo de Investigación sobre Condiciones de Trabajo
    Secretaría de Asuntos Sociales
    AMSAFE ROSARIO
    Octubre de 2005







    (2) Son interesantes al respecto los aportes de Deolidia Martínez, Iris Valles, Jorge Kohen en el libro: "Salud y trabajo docente. Tramas del malestar en la escuela" Kapeluz, 1997

    (3) Estos conceptos están desarrollados por Inés Dussel y Marcelo Caruso en el libro: "La invención del aula" Edit. Santillana

    (4) "Las escuelas en los márgenes. Realidades y futuros" Thisted, Sofía. Redondo, Patricia en el libro: "En los límites de la educación" Puigrós, Adriana Comp. Edit. Homo Sapiens. 1999
PUBLICADO EL 09/07/2008


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